
Estas personas actúan como administradores en la sociedad pero sin título oficial y ello dificulta la labor de los investigadores para intentar imputarles delitos societarios. Esta figura ha proliferado en las empresas familiares y no tanto en las cotizadas.
Una de las fórmulas usadas para eludir la responsabilidad de un administrador es que éste actúe como apoderado. No obstante, una sentencia del Tribunal Supremo de marzo de 2007 cerraba el paso a este resquicio legal y equiparaba la labor del apoderado con la del administrador.