Un juez retira la pensión a una divorciada que ocultó
tener nueva pareja y trabajo
- La sentencia estima que las condiciones de la separación han variado
- El ex marido abonaba 400 euros como pensión y 500 para los hijos comunes
- La mujer convive en su casa con su nueva pareja, taxista de profesión
Actualizado domingo 18/12/2011 17:32 horas
Una juez de
Dos Hermanas (Sevilla) ha retirado la pensión a una divorciada después de que
un detective demostrase que convive con su nueva pareja y trabaja dando
clases particulares en su casa, pese a que ella lo niega.
Una
sentencia del juzgado de primera instancia 4 de Dos Hermanas considera que "han
variado sustancialmente" las condiciones del convenio regulador de la
separación, según el cual el esposo A.L. abonaba mensualmente a su ex esposa
400 euros en concepto de pensión compensatoria y otros 500 euros en alimentos
para los hijos.Un detective privado certificó que el taxi del actual compañero de la mujer "permanece muchas noches en la plaza de garaje de la vivienda de la demandada", que ésta lo presenta a sus vecinos como su pareja y que la mujer trabaja dando clases particulares en su domicilio.
Por ello, la juez acuerda suspender la pensión que la ex esposa M.R. recibía desde 2006, de acuerdo con la jurisprudencia que considera extinguido tal derecho al convivir con nueva pareja y al haberse producido una "alteración sustancial en la fortuna de uno u otro cónyuge".
En este caso, la juez añade que la exesposa "es una persona joven, totalmente formada y preparada, que estuvo casada siete años y durante cinco años ha estado cobrando una pensión compensatoria".
Vigilancia de un detective
Aunque la
demandada y su hermana negaron que conviviese con su pareja, que diese
clases particulares y haber colocado carteles ofreciendo sus clases, la juez se
basa en el testimonio del detective, que vio desde la calle a los alumnos
llamar a su puerta y recogió testimonios de padres que la habían contratado.Junto a ello, la hija común relató a su padre que su madre daba clases en casa y que "su pareja se quedaba allí muchas noches".
A.L. ha conseguido demostrar que su exesposa "percibe ingresos no declarados y que convive con su pareja en la vivienda de ella", recoge la sentencia, que considera que concurren los requisitos que exige el Código Civil para declarar extinguida la pensión compensatoria.
La juez recuerda que tal pensión tiene por objeto mejorar la situación de uno de los cónyuges tras la separación o divorcio, pero "la normativa legal no la configura como un derecho que necesariamente deba tener duración indefinida".
Por otra parte, la sentencia mantiene la pensión alimenticia a los hijos, cuyas necesidades "no han desaparecido" y por el contrario, posiblemente han aumentado al hacerse mayores.