20.09.2013 A.
Vigil.
Fuente:
Expansión.com
Una reciente sentencia del Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que la empresa Altadis contratara a
uno de estos profesionales ante las sospechas de que la baja médica de un
trabajador era falsa.
El uso de
detectives privados para descubrir a empleados mentirosos tiene respaldo
judicial. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de
Madrid avala que la empresa Altadis contratara a uno de estos profesionales
ante las sospechas de que la baja médica de un trabajador era falsa.
El empleado fue
pillado mientras realizaba en el jardín de su casa tareas de albañilería y
bricolaje para las cuales utilizaba y cargaba herramientas, iba y venía
conduciendo su coche, y llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de
que su supuesta lesión era en un brazo.
Tanto el juzgado
de instancia como el TSJ avalaron su despido procedente, rechazando los
razonamientos del trabajador sobre violación del derecho fundamental a la
intimidad o uso excesivo de las facultades empresariales de vigilancia y
control de los trabajadores.
El TSJ insiste
en que la medida está justificada y señala que el informe de la agencia de
investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda que, aun cuando los
trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de
ciudadanos, "el marco de la relación laboral determina que los términos de
dicho reconocimiento sea más restrictivo" en favor del ejercicio de las
"facultades empresariales que derivan del mismo contrato de trabajo y de
la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización del trabajo,
el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los
incumplimientos".
Límites para los detectives
Eso sí, advierte
de que los detectives "no podrán realizar investigaciones sobre delitos
perseguibles de oficio, ni utilizar medios materiales o técnicos que atenten
contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia
imagen o al secreto de las comunicaciones".
Además, "están
obligados a guardar riguroso secreto y sólo pueden facilitar datos a quien les
contrata y a los órganos judiciales y policiales competentes".